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Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales Artículo 125 Quinquies Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales Federal
Artículo 125 Quinquies.

1. El Consejo General además del Estatuto en el que se establezcan las normas para la organización del Servicio Profesional Electoral Nacional, establecerá las normas relativas a los empleados administrativos y de trabajadores auxiliares del Instituto y de los Organismos Públicos Locales.

2.El Estatuto fijará las normas para su composición, ascensos, movimientos, procedimientos para la determinación de sanciones, medios ordinarios de defensa y demás condiciones de trabajo.

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